SEGURIDAD EMPRESARIAL
La libertad en el hombre no nace cuando admite que todo está establecido; la libertad no estriba de la voluntad sino del entendimiento; el hombre se libera por medio del conocimiento intelectual.
jueves, 17 de julio de 2014
sábado, 5 de mayo de 2012
Ley Orgánica del Trabajo y de los Trabajadores y Trabajadoras 2012
domingo, 4 de marzo de 2012
Cálculo de Seguro Social y Paro Forzoso (TRABAJADOR)
Cálculo de Cotizaciones Semanales de Seguro Social Obligatorio
Y
Régimen Prestacional de Empleo (Paro Forzoso) en Venezuela.
Las cotizaciones deben generarse semanalmente de conformidad a lo establecido en el artículo 99 del Reglamento del Seguro Social Obligatorio, acreditándose así dichas cotizaciones desde el primer día de cada semana, por lo que de no culminarla se retendrá completamente como si la hubiese laborado, tal y como reza el artículo 102 eiusdem.
En este sentido cabe destacar:
1.- Para la retención del Régimen Prestacional de Empleo (Paro Forzoso), las partes, es decir, el Patrono y el trabajador deben aportar unos porcentajes los cuales constituyen el total de las cotizaciones a declarar, estando representados de la siguiente manera:
Art.46 de la Ley del Régimen Prestacional de Empleo
APORTADO POR
CONCEPTO TASA DE COTIZACIÓN PATRONO TRABAJADOR
Régimen Prestacional de Empleo 2,50% 2,00% 0,50%
2.- Para el cálculo de la Cotización del Seguro Social Obligatorio, se regirá por el tipo de riesgo según la clasificación, que dependerá a su vez de la actividad que desarrolle la empresa; en este sentido tenemos:
Art.109 Reglamento del Seguro Social Obligatorio
APORTADO POR
TIPO DE RIESGO TASA DE COTIZACIÓN PATRONO TRABAJADOR
MÍNIMO 13% 9% 4%
MEDIO 14% 10% 4% MÁXIMO 15% 11% 4%
EJEMPLO: Si una persona gana 1.548,20Bs.F al mes; su salario diario sería 51,6Bs.F, entonces: para retener el aporte generado semanalmente, tenemos:
[(SALARIO DIARIO x 7 DÍAS DE LA SEMANA)= SALARIO SEMANAL]
51,6Bs.F (SD) x 7Días de la Semana = 361,7Bs.F (SS)
Deducciones Generales del Trabajador:
Seguro Social= 4% x Salario Semanal=Aporte Semanal por SSO
Régimen Prestacional de Empleo=0,50%xSalario Semanal=Aporte Semanal por PF
Seguro Social= 4% x 361,7 Bs.F = 14,45 Bs.F
Régimen Prestacional de Empleo= 0,50% x 361,7 Bs.F = 1,81 Bs.F
Total Deducciones Generales= 16,26 Bs.F
Bs.F= Bolívares Fuertes
SSO= Seguro Social Obligatorio
PF= Paro Forzoso
Cálculo de Cotizaciones Mensuales de Seguro Social Obligatorio
Y
Régimen Prestacional de Empleo (Paro Forzoso) en Venezuela.
Art.46 de la Ley del Régimen Prestacional de Empleo
APORTADO POR
CONCEPTO TASA DE COTIZACIÓN PATRONO TRABAJADOR
Régimen Prestacional de Empleo 2,50% 2,00% 0,50%
Art.109 Reglamento del Seguro Social Obligatorio
APORTADO POR
TIPO DE RIESGO TASA DE COTIZACIÓN PATRONO TRABAJADOR
MÍNIMO 13% 9% 4%
MEDIO 14% 10% 4% MÁXIMO 15% 11% 4%
EJEMPLO: Si una persona gana 1.548,20Bs.F en el mes de FEBRERO (4 LUNES); para retener el aporte generado Mensualmente, tenemos:
SSO [(Salario Mensual x 12 meses/52 semanas laborales del año) x (retención %SSO x N° de lunes del mes)]
PF [(Salario Mensual x 12 meses/52 semanas laborales del año) x (retención %PF x N° de lunes del mes)]
Deducciones Generales:
SSO= (Salario Mensual x 12 meses/52 semanas laborales del año) x (retención de SSO x N° de lunes del mes)
PF= (Salario Mensual x 12 meses/52 semanas laborales del año) x (retención de PF x N° de lunes del mes)
SSO= 1548,20 Bs.F x12 / 52= 357,28 Bs.F x 4% (retención SSO) = 14,29 Bs.F x 4 = 57,16 Bs.F
PF= 1548,20 Bs.F x 12 / 52= 357,28 Bs.F x 0,50% (retención PF) = 1,79 Bs.F x 4 = 7,16 Bs.F
Total Deducciones Generales= 64,32 Bs.F
Abg. Juan C. Chirinos G.
miércoles, 18 de mayo de 2011
INCREMENTO DE SUELDO PARA EL PERSONAL DOCENTE Y DE INVESTIGACIÓN (Tabla de Sueldos)
CONTRATO COLECTIVO PETROLERO 2009-2011
lunes, 16 de mayo de 2011
DERECHO AGRARIO (Mario Ruíz Massieu)
PRINCIPIOS DEL DERECHO PROCESAL (GUÍA)
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